Habeas corpus es parte de una frase latina más amplia: habeas corpus ad subiiciendum et recipiendum. Su traducción literal sería “ten el cuerpo para ponerlo a disposición y recogerlo.

Generalmente se traduce por “puedes tener tu cuerpo”, “queda dueño de tu cuerpo”,  “dispón de tu cuerpo”, frases de sentido casi ininteligible precisamente por su obviedad.

Dada su forma latina, se puede pensar que su origen está en el Derecho Romano, tan importante para el mundo occidental, pero en realidad poco o nada tiene que ver directamente con el Derecho Romano, en el que no se encuentra como tal frase, aunque en él podamos rastrear algún precedente remoto y lejano.

En realidad "Habeas corpus" es el nombre de una famosa ley inglesa, Habeas Corpus Act de 26 de mayo de 1679 promulgado por Carlos II y luego el Habeas Corpus Amendment Act, " (Acta de enmienda del “habeas corpus”),  propia, pues,  de la  English common law ,y que es un pilar esencial en la defensa de las libertades públicas inglesas y de los países en los que se aplica la “common law”. Son  precedentes algunas disposiciones de la Carta Magna de 1215.

En España existe un precedente en el derecho Aragonés, con la Manifestación de personas, que sancionó Alonso III en 1287. La Manifestación de personas era una garantía de libertad personal con un procedimiento que se sustanciaba ante el Justicia de Aragón, jurisdicción muy similar al actual Tribunal Constitucional. Su existencia se fecha en el Fuero de Aragón desde 1428, aunque luego desapareció a medida que se implantaba el absolutismo de los reyes.

También aparece en el Fuero de Vizcaya de 1527.

La frase se aplica en Derecho para exigir el derecho de que el detenido sea llevado inmediatamente ante el tribunal y ante el juez para que decida sobre la pertinencia o no de la detención. Por lo tanto es un instrumento o mecanismo para garantizar la libertad de los individuos frente a la actuación del poder público.Era un istrumento para  evitar las injusticias cometidas por los señores feudales contra sus súbditos.

La frase formula, pues, el derecho a no ser detenido arbitrariamentesin motivo y en consecuencia toda persona detenida tiene el derecho de saber por qué ha sido detenida y de qué se le acusa.

En realidad la frase “habeas corpus ad subiiciendum”  es una orden o mandato que se dirige al carcelero o a la autoridad que tiene detenida a una persona para que la someta a  la autoridad competente, para que la presente al juez o tribunal y no es dirigida al propio detenido, como frecuentemente se interpreta.

Con este sentido la frase resulta plenamente inteligible y la traducción explicativa de la frase sería:

"dispón del cuerpo del detenido para llevarlo ante el tribunal y volver a cogerlo”.

El precedente romano lejano y no absolutamente equivalente lo encontramos en el famoso “interdictum de homine libero exhibendo”, por el que se obliga a llevar al tribunal a quien hubiera detenido ilegalmente a un hombre libre como si fuera un esclavo.

Nació del hecho de que un acreedor se cobraba la deuda con la libertad del deudor reduciéndolo a la condición de esclavo; ante la reclamación del deudor o su familia, el acreedor debía “presentar” al deudor ante el pretor para que éste decidiese  si la detención era conforme a derecho o no.

El interdicto venía a decir por parte del pretor: “si tienes a ese hombre, exhíbemelo, preséntamelo para que yo pueda decidir si se le debe privar de libertad o no".

Digesto, 43.29.0  Sobre la exhibición del hombre libre
Dig. 43.29. 1pr. Dijo el pretor: muéstrame al hombre libre que retienes con dolo malo

Dig. 43.29.1.1Este interdicto se propone para defender la libertad, es decir, para que los hombres libres no sean retenidos por nadie.

Dig. 43.29.0. De homine libero exhibendo.
Dig. 43.29.1pr.
Ait praetor: " quem liberum dolo malo retines, exhibeas".

Dig. 43.29.1.1 … Hoc interdictum proponitur tuendae libertatis causa, videlicet ne homines liberi retineantur a quoquam:

Y aclara lo que quiere decir exhibere: presentar en público (i.e. en el tribunal) para que se le pueda ver y tocar.

Dig. 43.29.3.8 … El pretor dijo: preséntamelo. Presentar es conducirlo ante el público y dar la oportunidad  deque el hombre sea visto y tocado: propiamente exhibir,mostrar, es tenerlo fuera de toda ocultación.

Ait praetor " exhibeas". exhibere est in publicum producere et videndi tangendique hominis facultatem praebere: proprie autem exhibere est extra secretum habere.

Como se ve, no es exactamente igual que el concepto de “habeas corpus” de origen anglosajón, pero la semejanza permitió a Niceto Alcalá Zamora afirmar que el “habeas corpus” es una creación anglorromana.

Hay otras frases también en derecho con el componente “habeas corpus”. Así:

Habeas corpus ad respondendum: llévalo al tribunal para que responda
Habeas corpus ad testificandum: llévalo al tribunal para que testifique
Habeas corpus ad prosequendum: llévalo al tribunal para proseguir

 

Habeas corpus

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